La Gaceta Oficial N° 6.784, presentó una modificación arancelaría referente a la entrada al país de productos importados con fines comerciales, los cuales deberán cumplir con el Régimen Legal 20 que otorga SENCAMER.
Según la nueva normativa legal, la Constancia de Régimen Legal 20 aplicará a tres rubros: el de las bebidas gaseosas, el de transformadores de dieléctrico líquido y el de cerámicas y baldosas.
Estos productos, deben cumplir con el reglamento técnico que les corresponda, los controles metrológicos de rigor y con las Normas Venezolanas COVENIN aplicables.
El instrumento normativo contempló, modificaciones de regímenes arancelarios de importación y del impuesto al valor agregado; incluyendo porcentajes de exoneración, así como la aplicación de las normas que rigen en estos sectores.